domingo, 12 de abril de 2026

TEXTOS SOBRE LA GUERRA CIVIL ESPAÑOLA




LA SITUACIÓN DEL GOBIERNO TRAS EL ALZAMIENTO, SEGÚN AZAÑA

Al siguiente día del alzamiento militar el gobierno republicano se encontró en esta situación: por un lado tenía que hacer frente al movimiento que desde las capitales y provincias ocupadas (el noroeste y el centro de la Península y buena parte de Andalucía) tomaba la ofensiva contra Madrid; y por otro, a la insurrección de las masas proletarias, que sin atacar directamente al gobierno, no le obedecían. Para combatir al fascismo, querían hacer una revolución sindical. La amenaza más fuerte era sin duda el alzamiento militar, pero su fuerza principal venía, por el momento, de que las masas desmandadas dejaban inerme al gobierno frente a los enemigos de la República. Reducir aquellas masas a la disciplina, hacerlas entrar en una organización militar del estado, con mandos dependientes del gobierno, para sostener la guerra conforme a los planes de un Estado Mayor, ha constituido el problema capital de la República.

MANUEL AZAÑA, Escritos políticos y de guerra

BANDO DEL GENERAL FRANCO (19 DE JULIO) Don Francisco Franco Bahamonde, General de división, Jefe de las Fuerzas Armadas de África

HAGO SABER:

Una vez más el Ejército, unido a las demás fuerzas de la Nación, se ha visto obligado a recoger el anhelo de la gran mayoría de los españoles que veían con amargura infinita desaparecer lo que a todos puede unirnos en un ideal común: ESPAÑA. Se trata de restablecer el imperio del ORDEN dentro de la REPÚBLICA, no solamente en sus apariencias o signos exteriores, sino también en su misma esencia; para ello precisa obrar con JUSTICIA que no repara en clases ni categorías sociales, a las que ni se halaga, ni se persigue, cesando de estar dividido el país en dos grupos, el de los que disfrutan del poder y el de los que eran atropellados en sus derechos, aún tratándose de leyes hechas por los mismos que las vulneraron. La conducta de cada uno guiará la conducta que con relación a él seguirá la AUTORIDAD, otro elemento desaparecido de nuestra nación y que es indispensable en toda colectividad humana, tanto si es en régimen democrático, como si es en régimen soviético, en donde llega a su máximo rigor. El restablecimiento de este principio de AUTORIDAD, olvidado en los últimos años, exige inexcusablemente que los castigos sean ejemplares, por la seriedad con que se impondrán y la rapidez con que se llevaran a cabo sin titubeos ni vacilaciones. Por lo que afecta al elemento obrero, queda garantizada la libertad de trabajo, no admitiéndose coacciones ni de una parte ni de otra. Las aspiraciones de patronos y obreros serán estudiadas y resueltas con la mayor justicia posible, en un plan de cooperación, confiando en que la sensatez de los últimos y la caridad de los primeros, hermanándose con la razón, la justicia y el patriotismo sabrán conducir las luchas sociales a un terreno de comprensión con beneficio para todos y para el país. El que voluntariamente se niegue a cooperar o dificulte la consecución de estos fines será el que primero y principalmente sufrirá las consecuencias. Para llevar a cabo la labor anunciada

ORDENO Y MANDO:

Artículo 1º. Queda declarado el ESTADO DE GUERRA en todo el territorio de MARRUECOS y, como primera consecuencia, militarizadas todas las Fuerzas Armadas, sea cual sea la Autoridad dequien dependían anteriormente con los deberes y atribuciones que competan a las del Ejército, y sujetas igualmente al Código de Justicia Militar. 
Art. 2º. No precisará intimación ni aviso para repeler por la fuerza agresiones a las fuerzas indicadas anteriormente, ni a los locales o edificios que sean custodiados por aquellas, así como los atentados y sabotajes a vías y medios de comunicación y transporte de toda clase y a los servicios de agua, gas y electricidad y artículos de primera necesidad. Se tendrá en cuenta la misma norma para impedir los intentos de fuga de los detenidos. [...] 
Art. 14º. Ante el bien supremo de la Patria, quedan en suspenso todas las garantías individuales establecidas en la Constitución, aun cuando no se hayan consignado especialmente en este Bando.

Melilla, 19 de Julio de 1936


viernes, 10 de abril de 2026

Artículo. El 18 de Julio, Aventura de la Historia nº 121









Preguntas sobre el artículo:


1. ¿Qué entiende el autor del artículo, Julio Aróstegui, por un "acontecimiento monstruo"? ¿Qué dos tipologías establece? ¿Que significado tiene cada una?

2. ¿El "18 de julio" a qué tipología pertenece?

3. ¿Qué ocurrió el "18 de julio de 1936"? ¿Cómo fue percibido?

4. ¿Qué consecuencias tuvo para la Historia de España?

5. ¿Quiénes fueron los protagonistas de la conspiración? ¿Cuál fue su punto de partida?

6. ¿Cómo justificaban la sublevación? ¿Cuál fue el verdadero motivo? ¿Qué determinó su importancia?

7. ¿En qué contexto internacional debes situarlo? ¿Cómo era el mundo en los años 30? ¿Qué tres ideologías se enfrentaban?

8. ¿Quiénes son los responsables del conflicto? ¿Por qué? ¿Qué hicieron?

9. ¿Había una situación de revolución en España en 1936? ¿Qué ocurría realmente? ¿Qué hicieron los grupos conservadores españoles?

10. ¿Por qué el autor del artículo considera la Guerra Civil como una "tragedia inútil"? ¿Cuáles fueron sus consecuencias?

domingo, 5 de abril de 2026

BLOQUE 10. LA SEGUNDA REPÚBLICA. LA GUERRA CIVIL EN UN CONTEXTO DE CRISIS INTERNACIONAL (1931-1939)





SíMBOLOS de La II República Española (1931-1939)


TEMA 15. LA SEGUNDA REPÚBLICA (1931-1936)





viernes, 3 de abril de 2026

VIDEO Y PREGUNTAS SOBRE LA SEGUNDA REPÚBLICA ESPAÑOLA




1.¿Cuándo y cómo se proclama la Segunda República española?
2.¿Cuántos presidentes tuvo la Segunda República?
3.¿Quiénes se oponen a la República?
4.¿Cuáles son los ideales de la Constitución de 1931?
5.¿Quién gana las Elecciones a Cortes Constituyentes del 28 de junio de 1931? ¿Qué reformas propone el nuevo gobierno?
6.¿Por qué se realiza la secularización del Estado? ¿Cómo se hace? ¿Qué medidas toma el gobierno?
7.¿Quién trae la República? ¿Cuáles son sus objetivos? ¿Quiénes son los encargados de desarrollarlo? ¿Cómo?
8.¿Quiénes se oponen a la República por la izquierda? ¿Cómo y cuáles son sus objetivos? ¿Qué proponen?
9.¿Quién se opone a la República por la derecha? ¿De quién recibe influencias y qué ideas defiende?
10.¿Por qué dimite el gobierno republicano-socialista de Azaña?
11.¿Quién gana las elecciones de 1933? ¿Cómo se llama el partido conservador? ¿Quién lo lidera?
12.¿Qué dos conflictos se producen bajo su gobierno?
13.¿Quién gana las elecciones de 1936? ¿Por qué? ¿Cómo queda el país?
14.¿Por qué la República está en peligro? ¿Cuáles son los temas de enfrentamiento?

miércoles, 1 de abril de 2026

ARTÍCULO. La II República. La Esperanza truncada, Aventura de la Hitoria nº 121








TEXTO Y LECTURAS SOBRE LA SEGUNDA REPÚBLICA ESPAÑOLA

HISTORIA 16

TEXTOS SOBRE LA SEGUNDA REPÚBLICA

Constitución de la IIª República
de 9 de diciembre de 1931

“Artículo 1º.- España es una República democrática de trabajadores de toda clase, que se organiza en régimen de libertad y justicia. Los poderes de todos sus órganos emanan del pueblo. La República constituye un Estado integral, compatible con la autonomía de las regiones y de los municipios.
Artículo 2º.- Todos los españoles son iguales ante la ley Artículo 3º.- El estado español no tiene religión oficial
Artículo 4º.- El estado español... estará integrado por Municipios mancomunados en provincias y por las regiones que se constituyan en régimen de autonomía.
Artículo 6º.- España renuncia a la guerra como instrumento de política nacional.
Artículo 11º.- Si una o varias provincias limítrofes, con características históricas, culturales y económicas comunes, acordaran organizarse en región autónoma para formar un núcleo político-administrativo dentro del Estado español, presentarán su Estatuto con arreglo a lo que establece el artículo 12.
Artículo 25.- No podrán ser fundamento de privilegios jurídicos la naturaleza, la filiación, el sexo, la clase social, la riqueza, las ideas políticas, las creencias religiosas...
Artículo 26º.- Todas las confesiones religiosas serán consideradas como Asociaciones sometidas a una ley especial. El estado, las regiones, las provincias y los municipios no mantendrán, favorecerán ni auxiliarán económicamente a las Iglesias, Asociaciones e Instituciones religiosas. Una ley especial regulará la total extinción, en un plazo máximo de dos años, del presupuesto del Clero...
Artículo 36.- Los ciudadanos de uno y otro sexo mayores de veintitrés años, tendrán los mismo derechos electorales conformen determinen las leyes.
Artículo 40.- Todos los españoles, sin distinción de sexo, son admisibles a los empleos y cargos públicos, salvo las incompatibilidades que las leyes señalen.
Artículo 48.- La enseñanza primaria será gratuita y obligatoria. La enseñanza será laica, hará del trabajo el eje de su actividad metodológica y se inspirará en ideales de solidaridad humana.
Artículo 51.- La potestad legislativa reside en el pueblo, que la ejerce mediante las Cortes y/o el Congreso de los Diputados
Artículo 90.- Corresponde al Consejo de ministros, principalmente, elaborar los proyectos de ley que haya de someter al Parlamento, dictar decretos, ejercer la potestad reglamentaria...
Artículo 94.- La Justicia se administra en nombre del Estado... Los jueces son independientes en su función. Solo están sometidos a la ley.”


Discurso de Azaña en las Cortes sobre la cuestión religiosa. […]

“La revolución política, es decir, la expulsión de la dinastía y la restauración de las libertades públicas, ha resuelto un problema específico de importancia capital, ¡quién lo duda!, pero no ha hecho más que plantear y enunciar aquellos otros problemas que han de transformar el Estado y la sociedad españoles hasta la raíz. Estos problemas, a mi corto entender, son principalmente tres: el problema de las autonomías locales, el problema social en su forma más urgente y aguda, que es la reforma de lo propiedad, y este que llaman problema religioso, y que es en rigor lo implantación del laicismo del Estado con todas sus inevitables y rigurosas consecuencias. Ninguno de estos problemas los ha inventado la República (...). Cada uno de estas cuestiones, señores diputados, tiene una premisa inexcusable, imborrable en la conciencia pública, y al venir aquí, al tomar hechura y contextura parlamentaria es cuando surge el problema político. Yo no me refiero a las dos primeras, me refiero a eso que llaman problema religioso. La premisa de este problema, hoy político, la formulo yo de esta manera: España ha dejado de ser católica; el problema político consiguiente es organizar el Estado en forma tal que quede adecuado a esta fase nueva e histórica el pueblo español. Yo no puedo admitir, señores diputados, que a esto se le llame problema religioso. El auténtico problema religioso no puede exceder de los límites de la conciencia personal, porque es en la conciencia personal donde se formula y se responde a la pregunta sobre el misterio de nuestro destino (...)”.

Diario de sesiones de los Corles, 13 de octubre de 1931